Concesionario Ford roba el arte conceptual de Firewatch otros

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Quick Ford, concesionario Ford de la región de Quincy, Massachusetts, ha sido acusado por apropiación indebida del arte conceptual de Firewatch. El mencionado art work ha sido utilizado en una campaña publicitaria del concesionario sin previa consulta ni permiso del estudio tras dicho diseño.

En su defensa, el encargado Quick Ford ha alegado que la imagen se obtuvo por medio de WideWallpaper.info, página que ofrece imágenes libres de copyright. Sin embargo, Sean Vanaman, cofundador de Campo Santo, estudio a cargo de Firewatch, ha comunicado a Gameinformer sobre la imposibilidad de dicha afirmación, dado que el arte conceptual del título, protegido por derechos de copyright, solo puede ser obtenido a través de la página web oficial del estudio.

Por su parte, la empresa Ford se excusa diciendo que la publicidad corre a cargo de cada concesionario.

El estudio Campo Santo ha respondido a tan flagrante violación de copyright de una forma, como mínimo, curiosa. Y es que los creadores de Firewatch ha publicitado la rebaja de su videojuego en Steam con un diseño que nos recuerda a Ford.

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22 comentarios

3 de julio de 2016 - 14:35
#4 BAZZIN8
#1 @sergi4d Como que morro? Ford es una franquicia con miles de concesionarios, los coches los pone Ford pero cada consecionario se lleva independientemente dentro de los estándares de la empresa, así que si el encargado de publicidad de ESE consecionario decidió usar esa imagen no es culpa de Ford ni mucho menos.

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3 de julio de 2016 - 14:11
#2 FLETXAOSCURA
Me alegra saber que no se lo han tomado tampoco tan mal y no han pedido recompensas millonarias como harian algunos otros estudios.

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3 de julio de 2016 - 17:44
#8 VIBLIOS
#6 @hearts no, no es una franquicia, es un concesionario. No confundas el contrato de franquicia con el de concesión, son dos cosas distintas que implican cosas distintas. Como no tengo ganas de explicarme, te dejo un enlace que explica la diferencia de manera muy resumida y bastante clara, por si te interesa como cultura general (y veras porqué un concesionario pudo hacer esto, pero un franquiciado no hubiera podido haber hecho esta publicidad)
http://www.ehowenespanol.com/diferencia-concesionario-franquicia-info_274256/

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3 de julio de 2016 - 16:52
#6 HEARTS
#1 @sergi4d Una franquicia es un negocio totalmente independiente del principal. ¿Crees que si un concesionario situado en Lugo de Ford comete algun error o plagio como es el de esta noticia, la empresa Ford iba a verse afectada? No, es una franquicia que pide una licencia para poder vender su marca, él se hace su publicidad y todo lo demás.

Por tanto no es que se limpien las manos, es que ni siquiera se las han ensuciado.

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3 de julio de 2016 - 19:04
#11 HEARTS
#10 La empresa matriz no puede cerrar una franquicia así como así, ya que como te dije es el negocio de otro. Las razones para extinguir el contrato de franquicia es por: voluntad de una de las partes, cumplimiento del plazo o incumplimiento del contrato. No es tan sencillo como decir: "Ala, estás disuelta como si fueras de mi propiedad".
Es más, si el que crea una franquicia no fuera independiente entonces sería parte del personal de la empresa matriz. Estudié un caso de una empresa con más de 147 franquiciados y la matriz tan sólo tiene 20 trabajadores, y ellos lo único que hacen es darles lo que tienen que vender y hacer que sigan unas nociones básicas para que la imagen de marca se mantenga.
La diferencia entre concesionario y franquicia me parece mínima.

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3 de julio de 2016 - 16:15
#5 KERNELL32
#2 @fletxaoscura hombre, que si piden una compensación será merecida como poco, que no digo que sea culpa directa de Ford (que obviamente no son tontos los directivos como para ponerse a plagiar descaradamente), pero que copiar le han copiado.

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3 de julio de 2016 - 17:47
#9 VIBLIOS
#1 @sergi4d antes de criticar, leete lo que es un concesionario y lo que supone un contrato de concesión, y no hables por hablar. Un concesionario es una empresa INDEPENDIENTE que actua en NOMBRE, CUENTA Y RIESGO PROPIO, y tiene casi total libertad e independencia, incluso un concesionario puede trabajar con varias marcas (hay muchos concesionarios de coches, por ejemplo, que venden diferentes marcas)

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3 de julio de 2016 - 20:55
#19 VIBLIOS
#17 @hearts en el sector de la alimentacion sea imposible que haya concesiones. No vas a ir a MC Donald's y comprarle 100 hamburguesas ya hechas, y después venderlas. Es materialmente imposible. Asi que el contrato de franquicia, por su naturaleza, te permite albergar un mayor numero de negocios, que la concesión no puede. Por eso se ve principalmente en la industria del motor. De hecho, en esta industria, no hay apenas franquicias porque les sale más caro tanto a la empresa matriz como a la otra empresa (por el producto en si, porque en la informatica si suele verse ambas por igual).
Ah, y tambien en los seguros, se puede decir que hay una especie...de concesion tambien, pero esto ya es bastante lioso

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3 de julio de 2016 - 20:50
#18 VIBLIOS
#17 @hearts pero la franquicia, aunque no tenga regulacion especifica, si se nombra en numerosos articulos, incluso en el C. de Comercio si no recuerdo mal, a diferencia del concesionario.

A ver, no tiene más ventajas...solo que tienes más libertad. El tema es, ¿por que hay más franquicias que concesionarios? pues porque la idea misma del concesionario lo limita. Como te dije, la franquicia es un contrato de explotacion, pero el concesionario...lo que hay es una reventa, tu compras los productos finales a la empresa concedente, por ejemplo, le compras 4 coches a BMW, y despues tu los revendes, y tu beneficio es el margen de la reventa. Esto hace que, por ejemplo, en el sector de la alimentacion sea imposible que (sigo)

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3 de julio de 2016 - 19:42
#13 VIBLIOS
#11 @hearts - Sin entrar en detalle, esto hace que la Concesión te permita más libertad de actuación que la Franquicia, ya que un franquiciado tiene más obligaciones que un concesionario. Esto no quiere decir que no sea una empresa independiente,ambas lo son, pero legalmente hablando, una franquicia comporta más obligaciones. En el caso del concesionario, se tiene que ceñir al contrato y no a la ley.
- Una franquicia es un contrato de explotación, un concesionario es un contrato de colaboración. (sigo, y me cago en el limite de mensaje)

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3 de julio de 2016 - 20:41
#17 HEARTS
#12 @viblios No te niego que el concesionario pueda tener más ventajas, pero seguro que tiene algunos requisitos que en la franquicia no se piden, ya que hay más franquicias que concesionarios (al menos es una figura más conocida, porque los concesionarios lo sacas de los vehiculos y poco más ejemplos se darte).

Aunque bueno, lo mejor que tiene la franquicia es que tienes el respaldo de una empresa relativamente fuerte que te puede ayudar si algo va mal, quizás ese sea el motivo mayoritario por el que los emprendedores se tiran a este tipo de negocio.

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3 de julio de 2016 - 20:36
#15 HEARTS
#12 @viblios Derecho y administración de empresas. Estoy de acuerdo en lo que me dices, al menos en lo referido a las franquicias (ya que de concesionarios se más bien poco) salvo en un punto: La franquicia es un contrato atípico, no hay ninguna norma que regule como se tiene que realizar el contrato de franquicia, es más, los franquiciadores tienden a utilizar el Código Deontológico Europeo de la Franquicia como manual operativo para elaborar este contrato, ya que carece de legislación (al menos en lo relativo a la generalidad del contrato, en lo que a registro y demás se refiere si hay norma).

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3 de julio de 2016 - 20:39
#16 HEARTS
#12 @viblios Luego como ya te dije el Royalty o "contrato de reparto de beneficios" o "contrato de compensación" no es imperativo en todas las empresas, habiendo algunas que no te lo exigen de una forma directa (no tienes que pagarles, pero sólo les puedes comprar los producto a ellos, por lo que puede ser un royalty al disminuir el margen de beneficios). Como no hay norma que te diga como hacer el contrato, los franquiciadores se guian por el código antes dicho, y ahí es donde se dice que obligaciones deberían realizar cada uno. Pero como no es una ley, sino un manual de conducta, entonces esas obligaciones no son imperativas tampoco (pero si recomendables).

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4 de julio de 2016 - 18:05
#22 INFORMATICOYFRIKI
#5 @kernell32 Haciendo un poco de abogado del diablo... No puede ser que sea cierto que lo hayan cogido de WideWallpaper.info? No puede a esa página subir imágenes "sin copyright" cualquier persona?

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4 de julio de 2016 - 00:30
#21 HEARTS
#19 @viblios mmm ok, te agradezco la explicación de la diferencia, realmente no la conocía jaja.

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3 de julio de 2016 - 22:55
#20 FLETXAOSCURA
#5 @kernell32 Si, ya se que copiar si que lo han hecho, pero no tiene pinta de haber sido a propósito.
#7 @BOB_EL_SLOWPOKE Tu lo vés así, supongo que tu te lo tomarias en serio, yo simplemente se lo diria, y si lo borran perfecto, es una anécdota, tampoco lo han hecho a mala fe. Si se negaran y tal entonces ya habria denuncia.

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3 de julio de 2016 - 19:50
#14 VIBLIOS
#11 @hearts - Esto ultimo, hace que la franquicia sea siempre exclusiva, y tiene que registrarse en el Registro de Franquicias. La finalidad de la franquicia es explotar los productos de ésta a cambio de una contraprestación por parte del franquiciado. - La concesión no tiene porque registrarse, y al ser un contrato de colaboracion, el fin de esta es promover la distribución y la reventa de los productos del concedente, porque el concesionario COMPRA los productos al concedente, y el margen de reventa son sus beneficios. No comporta exclusividad por parte del concesionare, pero si hay exclusivdad por parte del concedente (cosa que no ocurre en la franquicia), que no concederá más concesiones dentro del territorio del concesionario (territorio limitado y pactado en el contrato)

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3 de julio de 2016 - 19:36
#12 VIBLIOS
#11 @hearts estudias empresariales o economía verdad?porque eso explicaria lo que has dicho y que no veas diferencia, y que uses terminos como "royalty". Antes que nada,el de ese artículo solo explica algo de una manera simple y rapida para que cualquiera lo entienda, no es una tesis ni nada por el estilo, no queria ponerte un tocho-texto que nadie se leeria xD Vamos a ver...hay numerosas diferencias, por citar algunas para no extenderme mucho:
- Ambos son contratos mercantiles, pero el de Franquicia es un contrato típico, y el de Concesión es atípico, encontrando su fundamentacion principalmente en la doctrina y jurisprudencia.(sigo)

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3 de julio de 2016 - 18:57
#10 HEARTS
#8 @viblios entiendo tu comentario, pero mi trabajo de fin de grado es relativo al modelo de franquicia, mi tutor en el trabajo es un experto en la materia y me ha aconsejado bien. Por ello te digo con todo el mayor respeto que ese link que me has mandado no sirve absolutamente para nada. No he estudiado la relación concesionario-franquicia, ni sabía que existía diferencia, pero una vez visto ese artículo te aseguro que el que lo escribió no tenía mucha idea.

Para empezar el franquiciado es un empresario totalmente independiente, todos los gastos corren por su cuenta, a la vez que la publicidad. El royalty/regalia es optativo habiendo empresas que no lo piden.

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3 de julio de 2016 - 17:11
#7 BOB_EL_SLOWPOKE
#2 @fletxaoscura Millones no. Pero debería haber compensación por cepillarse los derechos de autor.

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3 de julio de 2016 - 14:14
#3 ALEXBLUE150
alguien se trato de pasar de astillo y me gusto lo que hicieron tratándose de burlar de Ford

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3 de julio de 2016 - 14:11
#1 SERGI4D
Eso si que es morro por parte de ford, y ahi cada uno lavandose las manos con lo de que cada concesionario se hace su publicidad.

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